LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO (E.P.E.)
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Por Miguel ángel Cervantes Galaviz y Jesús José González Carrillo
I.- ANTECEDENTES.
Vientos de cambio en el ámbito económico mundial han llegado al estado mexicano que vislumbran cambios de avance hacia esquemas de mayor libertad de elección.
En México los monopolio están prohibidos sin embargo el artículo 28 de la constitución mexicana señala excepciones al respecto y expresa: no constituirán monopolios las funciones que el estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional,
Así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 constitucional.
Para estar en armonía, México adecua sus instituciones para transitar a mercados de alta competitividad dejando de lado modelos económicos que mostraron ser ineficientes desde tiempo atrás. Los cambios son una respuesta necesaria al descubrir que se transitó por un camino equivocado que llevo al subdesarrollo.
Luego del fracaso que tuvieron las empresas paraestatales de ser ineficientes para lograr la misión que se les encomendó, Los legisladores aprobaron leyes que transformarán a PEMEX y a la Comisión Federal de electricidad CFE, a fin de convertirlas en empresas productivas del Estado y de propiedad exclusiva del gobierno federal.
El 11 de agosto de 2014, se decretó convertirlas en empresas productivas del Estado y dejan de estar sujetas a la Ley Federal de Entidades Paraestatales.
Por lo que Pemex-Exploración y Producción, Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Pemex-Petroquímica y Pemex-Refinación, quedan sujetas a la reorganización corporativa
ORIGEN DEL SECTOR ENERGETICO MEXICANO
La expropiación petrolera hecha por el Presidente Lázaro Cárdenas y la prohibición de inversión extranjera en el petróleo y electricidad durante el presidente A. López Mateos,
debilitaron la independía judicial, generando un monopolio que no permitía competencia de particulares
López Mateos al dar al estado mexicano el control del monopolio de la electricidad y petróleo, desarrollo un proceso de derecho constructivista con fines particulares, obligando a los ciudadanos a seguir directrices, y no reglas de conducta general. El gobierno al no permitir competidores obliga a todos a comprar energéticos a Pemex y a CFE. Promoviendo la creación de monopolios legales. El gobierno juega el rol de ser juez y parte en el mercado energético.
LA CREACION DE LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO
Ante la eminente quiebra del sector energético y la falta de ingresos que el estado mexicano dejara de percibir, el gobierno se vio forzado a abrir las paraestatales a competir con el sector privado para la sustitución de ingresos que antes recibía de estas.
Con el fin de regular la competencia del mercado energético donde solo el estado controla el monopolio energético se vio en la necesidad de abrirse a la competencia y que las fuerzas el mercado sean las que regulen.
Las empresas productivas del estado Tienen como objetivo regular la organización, administración, funcionamiento y operación de las empresas del sector energético, además de establecerles un régimen especial y regular sus adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras, bienes, responsabilidades y dividendo estatal.
Un concepto nuevo de organización de competencia cuya finalidad es la obtención de recursos para allegarlos al estado terminaría con los monopolios de estado. Ante los cambios que el estado ha hecho de su reestructuración económica y fiscal.
El objetivo es la transformación de empresas públicas (paraestatales) y adecuarlas a una estructura auténticamente empresarial, es una nueva figura separada del resto de las entidades.
Al efecto, se dota a una E.P.E de un régimen especial que le permita ser una empresa productiva del Estado como persona moral de derecho público controlada por el Gobierno Federal, misma que es parte de
La Administración Pública Federal sin considerarse una entidad paraestatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica operativa y de gestión en los términos que determine su ley, cuyo objeto es desarrollar la actividad estratégica del Estado consistente en la generación de productos y servicios para su venta, transformación y comercialización,
Incluyendo su transformación, venta y comercialización de sus derivados, mediante el desarrollo de actividades empresariales, económicas,
industriales y comerciales en términos de su objeto, generando cadenas de valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como propietario,
Los empleados que laboren en estas organizaciones no serán considerados funcionarios públicos y cotizaran en el apartado A, es decir al (IMSS.) Como si fueran empresas privadas.
La estructura organizacional del consejo de administración de una empresa productiva de estado, cuya misión será el Órgano supremo que decide y evalúa las estrategias que decide quedaría integrada:
EL ORGANO DE GOBIERNO DE UNA E.P.E.
1.- Titular de la secretaria (Presidente)
2.- Titular de SHCP
3.- tres Consejeros del Gobierno Federal, designados por el
Ejecutivo Federal
4.- cinco Consejeros Independientes, designados
Por el Ejecutivo Federal, y ratificados por el Senado
Será dirigida y administrada por:
Consejo de Administración, formado por:
Director General Nombrado por el Ejecutivo Federal
Los directores de administración del consejo de administración Podrán ser removidos
discrecionalmente por el Ejecutivo Federal o por el
Voto de al menos 7 miembros del Consejo.
LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE UNA E.PE.
Al igual que una empresa del sector privado el consejo de administración de una (EPE) tendrá funciones específicas con la finalidad de alcanzar la eficiencia de sus recursos disponibles
Además será Responsable de definir las políticas, lineamientos y visión estratégica, así como aprobar los mecanismos de control y gestión de autorizar y normar los temas estratégicos que le permitan competir con empresas del sector privado y de recursos Financieros, de filiales, proyectos de inversión y temas relevantes de contratación de licitaciones y recursos humanos.
El consejo podrá determinar el número y características de las empresas que Integren su grupo corporativo, conforme a sus oportunidades de negocio: Se regirán conforme al derecho mercantil del lugar de su constitución
MARCO LEGAL DE UNA EMPRESA PRODUCTIVA DE ESTADO.
Los actos celebrados durante el procedimiento de contratación hasta el momento de la adjudicación, serán de naturaleza administrativa o disposiciones que deriven de ésta,
Conforme al artículo 134 (Constitucional).Una vez firmado el contrato, todos los actos serán de naturaleza privada (legislación mercantil o civil aplicable)
Conforme a los principios establecidos en la Constitución (Economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez)
Se contrataran obras adquisiciones, arrendamientos, servicios bajo
las mejores condiciones para Incentivar y promover el contenido nacional como detonante de cadenas productivas de interés nacional tendrán
Flexibilidad al Realizar las contrataciones y su ejecución de manera expedita
RESPONSABILIDADES DE UNA EMPRESA PRODUCTIVA DE ESTADO
Su titular será nombrado y dependerá jerárquicamente de la SFP. Y tendrá
Competencia para:
1.- Atender quejas, denuncias y realizar investigaciones
2.- Tramitar procedimientos de responsabilidad administrativa e
Imponer sanciones
3.- Carece de competencia en materia de control interno y auditoría.
EMPRESAS PARAESTATALES QUE INTEGRAN ESTA PROPUESTA
Este nuevo esquema organizacional del estado mexicano por competir en el ámbito empresarial incluye por lo pronto a las del sector energético del país
Pemex y la CFE ahora son empresas productivas del Estado, por lo que dejarán de estar sujetas a la Ley Federal de Entidades Paraestatales.
De acuerdo con la reforma, la transición de Pemex y CFE a empresas productivas del Estado deberá estar completada a más tardar el 21 de diciembre de 2015.
Quedaran sujetas a la reorganización corporativa. La nueva estructura organizacional, iniciara en la fecha estipulada por la ley para la entrada en vigor all nuevo mercado competitivo mexicano.
Esta transformación sigue generando dudas. ¿Qué cambia? ¿Cómo? ¿Qué es una empresa productiva del Estado? En este torrente de interrogantes, surge un cuestionamiento crucial: al cambiar el modelo operativo de las paraestatales, ¿cómo afectará sus funciones actuales? y si está consolidada para enfrentar los cambios que se avecinan?
Las nuevas reglas se establecieron y los nuevos actores poco a poco hacen su aparición en las diferentes actividades relacionadas a él , si bien resta afinar detalles para que la maquinaría comience a trabajar para dar los primeros resultado que los mexicanos tanto esperan.
CAMBIOS ORGANIZACIONALES CON VISION DE LIBERTAD.
Los cambios son transcendentes para el país, reducir el monopolio de estado ayudara a la competencia y estado de derecho.
Dichos cambios toman en cuenta la filosofía-Hayek, dice que el estado de derecho significa que el gobierno tome las reglas de orden espontaneo es decir que sea creado sin que nadie lo haya diseñado a su modo.
La legislación será solo el resultado de observar la acción humana pero nunca el designio de los hombres. La legislación ha de ordenar las reglas que existían anteriormente, y formalizarlas para darles sentido de dirección.
La legislación nunca debe ser el resultado de una planeación de la sociedad y su economía. La legislación pone reglas de conducta general para todo mundo pueda vivir en paz y planear sus actividades económicas en un entorno que pueda ser previsible.
Las reglas de conducta general son observadas en la práctica sin que se perciban. Las personas que se adhieren al estado de derecho se dan cuenta que prosperan más que los que no lo están.
La legislación nunca debe planear la sociedad de nuevo, recrear una nueva sociedad. Sería lo equivalente a un error constructivista.
La legislación no debe tener ningún fin particular, simplemente las reglas de conducta general es tener un fin particular, que el estado sea el árbitro que ponga las reglas basadas en un orden existente pero no deliberadamente crear leyes, nunca crear nuevas legislaciones pero dar vida al derecho que existía anteriormente.
Los jueces y legisladores no han de crear nuevas leyes sino solo descubrir las ya existentes espontáneamente. La función de la legislación es ratificar las leyes existentes pero no crearlas. Adherirse a reglas de orden espontaneo crea paz y prosperidad en la sociedad.
Las leyes que no están basadas en el orden espontaneo crean caos y desorden dentro de la sociedad.
La aplicación de la leyes debe ser previsible para que se pueda planificar la vida en un régimen legal y estable, las leyes no deben ser arbitrarias y solo proteger intereses particulares. Cuando la ley protege intereses particulares, esa ley en si misma viola el estado de derecho, es una ley que no se basa en el derecho. Las leyes deben de ser independientes de acciones arbitrarias del gobierno.
Las leyes que prohibían el desarrollo del sector energético, petróleo y electricidad estaban por debajo del estado de derecho, y debían ser cambiadas por injustas daban un poder discrecional a PEMEX y a CFE. Al No crear certidumbre.
El argumento de proteger la soberanía nacional causo confusión, en vez de alcanzar la seguridad energética había mayor dependencia, las gasolinas en la actualidad son importadas. PEMEX exporta petróleo e importa gasolina.
El problema mayor de las empresas paraestatales de estado es que traen un mal tras otro. Crea una situación de compadrazgo para entrar a las empresas.
En su mayoría son ineficientes, y el gobierno tiene que utilizar recursos escasos para sanear las finanzas.
Las leyes Cárdenas- López Mateos no respetaban el principio Kantiano, de la equivalencia moral de la persona es lo más importante, para ellos era PEMEX y la CFE quien eran enaltecidos por ser símbolos de soberanía nacional mal entendida y que defendían a cualquier precio aun si no respetaba la equivalencia moral de las personas. En el momento que el gobierno daba preferencia a PEMEX y la CFE sobre las personas, los derechos individuales no importaban. El respeto de la equivalencia moral de las personas no tenía importancia por exaltar a PEMEX y la CFE. El gobierno no respetaba los derechos de propiedad de los mexicanos obligándolos a comprar energeticos solo a PEMEX y a CFE.
Los recientes cambios en la legislación han sido el resultado de la evolución de las leyes. El intervencionismo de estado con Cárdenas y luego con López Mateos llevo al país a la servidumbre.
Fue el resultado de una creación humana de leyes apartadas del derecho. Cuando las leyes han evolucionado en una dirección equivocada es necesario reflexionar y derogar las malas leyes, en vez de que continúen causando estragos. Estas leyes crearon
compadrazgo, corrupción, gente que estaba por encima de la ley como los ejecutivos de PEMEX y su sindicato.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
Las empresas paraestatales no cumplieron con la función encomendada de producir bienes y servicios en beneficio de los mexicanos.
Cayeron en actos de corrupción e ineficiencia que las llevaron a la bancarrota
Este escenario obligó al estado mexicano hacer cambios organizacionales en busca de eficientarlas.
Los cambios de eficiencia obligan a competir en un entorno de libertad con las empresas del sector privado, para dejar de ser monopolios de estado.
Al competir en un mercado con las mismas condiciones hará reducir costos, disminuir la corrupción
Hasta ahora las expectativas de los mexicanos son positivas, aunque falta información puntual se avizora un panorama de prosperidad.
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Por: Dr. Fernando A Herrera Martínez |
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