MARIO MATA Y SUS MALOS ASESORES. CADA VEZ ENTIENDO MENOS LA POLITICA. SI AL MENOS ME LO HUBIERAN EXPLICADO ASI EN LA ESCUELA…
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Recibí en mi domicilio la invitación que me hizo llegar el alcalde electo de Delicias MARIO MATA. El texto integro de la invitación la voy a transcribir, para más adelante tratar de explicar el motivo de escribir esta columna:
El H. Ayuntamiento de Delicias
Tiene el honor de invitarle a usted a la
Sesión Solemne
En la que el
C. Mario Mata Carrasco
Tomara protesta de ley como Presidente Municipal
Del Ayuntamiento 2010-2013.
Misma que se realizara el día sábado 09 de octubre de 2010-10-02 a las 19:00 horas en el Teatro de la Ciudad.
Por tal motivo me permito comentar en esta columna, lo que resulto del trabajo periodístico de investigación y que pongo a consideración de mis lectores:
Efectivamente el artículo 18 del código municipal del estado, establece que los ayuntamientos se instalaran el día 10 de octubre, lo que implica que el llevar a cabo dicho acto antes de la fecha indicada, es ilegal, pues viola el artículo de referencia.
No obstante lo anterior, la norma comentada es imperfecta pues no nos precisa alguna sanción al respecto, en caso de darse el supuesto de la instalación de un ayuntamiento un día antes, esto es el 9 de octubre, sin embargo, si bien es cierto el código no fija una alguna consecuencia jurídica al respecto, creo que es importante tomar en cuenta lo siguiente:
1.- En el acto de instalación, el presidente electo toma protesta y manifiesta expresamente: protesto guardar y hacer guardar la constitución política de los estados unidos mexicanos, el código municipal del estado y demás disposiciones que de ellos emanen.....
2.- El llevar a cabo el acto antes del plazo fijado por la ley, en si mismo implica una violación a la norma legal contenida en el código municipal y esto me parece sumamente grave, pues en el caso concreto el ayuntamiento entrante lo esta haciendo apartado de la ley, siendo lo mas trascendente que el presidente electo, en ese acto solemne jura o protesta respetar las normas jurídicas vigentes, como lo son la constitución y el código municipal, sin embargo, a través del acto mismo las esta violentando, lo que quiere decir que esta realizando una conducta que además de ser contraria a la ley, implica una falsedad en su manifestación o declaración, que significa que dicha persona se trata de una futura autoridad que o no conoce la ley o no la respeta, no obstante que supuestamente se comprometerá a observar sus mandamientos.
3.- Además de lo anterior, el acto implica una falta de desconocimiento total de las normas municipales, falta de asesoría o bien, falta de respeto por la ley.
4.- El efectuar el acto de esa forma evidencia no solo la falta de conocimientos, sin la falta de experiencia de un presidente electo y su equipo, que lejos de asesorarle e informarle sus deberes, se apartan de las normas.
5.- Si así inicia una administración municipal, evidenciando desconocimiento e ignorancia en cuanto al contenido de la legislación municipal, imaginemos lo que esperara al municipio de que se trate con una autoridad que no conoce o no sabe que es lo que debe de hacer, o que bien, si lo sabe, no actúa conforme al mandato legal, sino realizando actos en si mismos ilegales.
Código Municipal para el Estado de Chihuahua
Última Reforma POE 2010.08.14/No.65
ARTÍCULO 18. Cada Ayuntamiento, se instalará el día 10 de octubre de los años correspondientes a su renovación. Las Juntas Municipales y Comisarías de Policía, al respecto, se regirán por el procedimiento establecido en el artículo 38 de este Código y tomarán posesión en la fecha que señale el Ayuntamiento, una vez calificada la elección. El Presidente Municipal, otorgará protesta en los siguientes términos:
"Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Particular de nuestra Entidad, el Código Municipal del Estado y demás disposiciones que de ellos emanen y desempeñar con lealtad, eficiencia y patriotismo, el cargo de Presidente Municipal, que el pueblo de este Municipio, me ha conferido".
Constitución Política del Estado
ARTICULO 130. Los ayuntamientos se instalarán el día diez de octubre de los años correspondientes a su renovación, y las juntas municipales y los comisarios de policía antes del día treinta de noviembre.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 296-3-4 P.E. publicado en el P.O.E. No. 7 del 24 de enero
de 1979]
¡La mera verdad, cada vez entiendo menos la política!
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Si al menos me lo hubieran explicado así en la escuela...
SOCIALISMO
Tienes 2 vacas... pero el Estado te ordena regalarle una a tu vecino.
COMUNISMO
Tienes 2 vacas. El estado te las quita y te regala la leche.
FASCISMO
Tienes 2 vacas. El estado te las quita y te vende la leche.
NAZISMO
Tienes 2 vacas. El estado te las quita y te fusila.
BUROCRACIA
Tienes 2 vacas. El estado te las quita, mata una, ordeña a la otra y tira toda la leche.
CAPITALISMO TRADICIONAL
Tienes 2 vacas. Vendes una y con el dinero compras un toro. Tu rebaño se multiplica y la economía crece.
CORPORACIÓN GRINGA
Tienes 2 vacas. Vendes una y obligas a la otra a producir la leche de 4 vacas. Después contratas a un experto para analizar por qué la vaca cayó muerta.
CORPORACIÓN FRANCESA
Tienes 2 vacas. No las cuidas ni las ordeñas, porque al fin y al cabo los gringos siempre te sacan de apuros.
CORPORACIÓN JAPONESA
Tienes 2 vacas. Las rediseñas para que tengan una décima parte de su tamaño natural y para que produzcan veinte veces más leche que una vaca normal. Luego, lanzas una campaña de mercadeo mundial con un dibujo animado que se llama el "VacaMón".
CORPORACIÓN ALEMANA
Tienes 2 vacas. Mediante un proceso de reingeniería las haces vivir 100 años, les das de comer una vez al mes y les enseñas a ordeñarse solas.
CORPORACIÓN ITALIANA
Tienes 2 vacas. No sabes dónde están.
Decides ir a almorzar.
CORPORACIÓN CHINA
Tienes 2 vacas. Tienes 300 personas ordeñándolas.
Afirmas tener pleno empleo y alta productividad bovina.
Arrestas al reportero que publica la verdadera situación.
CORPORACIÓN INDIA
Tienes 2 vacas... ¡a las que adoras!
CORPORACIÓN BRITÁNICA
Tienes 2 vacas. Las 2 están locas.
CORPORACIÓN RUSA
Tienes 2 vacas. Las cuentas y tienes 5. Las cuentas de nuevo y te da 42. Vuelves a contarlas y tienes 2. Dejas de contar vacas y te tomas otra botella de vodka.
CORPORACIÓN AUSTRALIANA
Tienes 2 vacas. Como el negocio va bastante bien, cierras la oficina y vas por unas cervezas para celebrar.
CORPORACION VENEZOLANA
Tienes 2 vacas. Si producen mucha leche, eres un asqueroso capitalista -sobrino de Mr. Bush- y te las quita Chávez personalmente; si no producen leche, eres un traidor a la patria, y de todas formas te las quita Chávez personalmente.
CORPORACION SUIZA
Tienes 5000 vacas. Ninguna te pertenece, pero le cobras a los dueños por guardarlas, haces polvo todo lo que producen y lo pones a la venta en latas, por todo el mundo; y lo peor es que por todo el mundo te lo compran.
CORPORACIÓN MEXICANA
Tienes 2 vacas. Las matas e invitas a tus amigos a una carne asada de poca madre... y te quedas sin vacas y sin futuro, pero lo "enfiestado" nadie te lo quita.
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PENDIENTES:
¿donde está DIEGO FERNANDEZ DE CEVALLOS?
Ya son 88 y contando- ¿Cuánto tiempo más durará ZAIRA RASCON TORRES en el IEE?
¿Cuándo pavimentaran las calles abandonadas del sector poniente?
¿Cuándo tendremos la primera tratadora de aguas residuales en Delicias?
¿Cuándo dejaremos de tener drenajes a cielo abierto?
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¡¡¡Aquí la traigo!!!
Comentarios, tips y sugerencias:
manuelgandarasamaniego@live.com
Hasta otro día, si Dios me lo permite
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Por: Dr. Fernando A Herrera Martínez |
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